La demanda de prescripción adquisitiva

Demanda de prescripción adquisitivaEn varios lugares hemos insistido en la idea de que la prescripción adquisitiva de dominio es uno de los procesos más complejos que existe en nuestro medio legal. Este hecho se expresa de manera evidente cuando revisamos los requisitos que exige la ley para la interposición de la demanda por prescripción.

Claridad en la redacción, medios probatorios adecuados, planos perimétricos, certificación municipal, declaraciones testimoniales; todos estos elementos deben ser reunidos, correctamente, guardando la forma establecida por la ley para que nuestra demanda tenga reales posibilidades de éxito. Por esta razón, ante la necesidad de interponer una demanda por prescripción, empezamos el presente artículo advirtiendo que siempre lo más recomendable es acudir a un abogado especializado, para que nos asesore y oriente, no solamente al momento de interponer la demanda, sino durante todo el proceso.

Sin perjuicio de ello, en las líneas que siguen expondremos las consideraciones más importantes de la demanda de prescripción.

¿Cómo se hace una demanda de prescripción adquisitiva de dominio?

Para empezar debemos saber que en todas las demandas podemos distinguir 3 partes:

  • La parte en la que se exponen los fundamentos de hecho del petitorio.
  • La parte en la que se exponen los fundamentos de derecho del petitorio.
  • Las pruebas que acreditan que los hechos ocurridos se ajustan al derecho invocado.

Teniendo en cuenta ello, veamos los aspectos más importantes de la demanda de prescripción adquisitiva.

En primer lugar, la redacción de la demanda de prescripción debe estar orientada a crear la convicción en el juez de que se ha poseído el bien de manera pública, continua, pacífica, como propietario y por el tiempo estipulado por la ley. Siendo así, el interesado deberá exponer con claridad los hechos más importantes que lo llevan a solicitar la adjudicación de la propiedad; deberá exponer las circunstancias en las empezó a poseer el bien, así también, deberá indicar que hizo todo lo posible por encontrar al auténtico dueño de la propiedad.

En segundo lugar, el interesado deberá invocar las normas pertinentes que amparan su derecho de adquirir la propiedad por prescripción: artículos 950 ,951 y 952 del Código Civil ; los artículos 504 y 505 del Código Procesal Civil y los demás que se estimen pertinentes.

Por último, en la demanda también se deberá acreditar con pruebas contundentes cada una de las afirmaciones sostenidas en ella. Así por ejemplo, si se señala que se posee el bien por 10 años, se deberá adjuntar a la demanda un recibo de pago del algún servicio del presente año y uno del 2005.

Requisitos especiales

Además de lo mencionado, la ley señala que en la demanda por prescripción se deberá cumplir con determinados requisitos especiales, para que sea declarada procedente. Estos requisitos son:

  • La descripción rigurosa el bien que se pretende ganar por prescripción.
  • Los planos de ubicación y perimétricos, así como la descripción de las edificaciones existentes, suscritas por ingeniero o arquitecto colegiado y debidamente visados por la autoridad municipal o administrativa correspondiente.( En caso de que se trate de bienes inmuebles.
  • Comprobantes de pago de los tributos que afectan al bien.
  • Copia literal de los asientos respectivos de los últimos 10 años, en caso de que sean inmuebles urbanos.
  • La declaración testimonial de no menos de tres ni más de 6 personas , mayores de veinticinco años ,que acrediten que , efectivamente , el solicitantes posee el bien por el tiempo señalado.

Las etapas de la prescripción adquisitiva de dominio

Demanda de prescripción adquisitiva de dominioLa prescripción adquisitiva se tramita a través de un proceso denominado proceso abreviado. Siendo así, los trámites comienzan con la interposición de la demanda de prescripción contra el propietario “formal” del bien ante el juez competente, quien luego de haber verificado el cumplimiento de los requisitos exigidos emitirá una decisión admitiéndola o rechazándola.

En caso de que haya sido admitida el proceso seguirá su curso. Si ha sido rechazada   existen dos posibilidades: i) que haya sido declara inadmisible (por errores de forma) ii) que la hayan declarado improcedente (por errores de fondo). Si la declaran inadmisible, el juez otorgara un plazo no mayor a 10 días para que se subsanen los errores, en cambio, si la declaran improcedente el juez la devolverá.

Una vez admitida la demanda, el juez le otorgará un plazo de 10 días al demandado para que la conteste. Luego, dentro de 20 días se convocará a las partes a una audiencia de pruebas en la que ambas tendrán la oportunidad de sustentar los medios probatorios con sus respectivos abogados.

Por último, el juez emitirá sentencia en un plazo no mayor de 25 días desde la culminación de la audiencia de pruebas.

¿Cuánto tiempo demora una demanda de prescripción adquisitiva?

La duración del proceso depende de varios factores. Entre ellos podemos destacar, la complejidad del caso y la vía procedimental en la que se tramite.

Un caso más complejo, por ejemplo, en el que exista controversia con el dueño formal del bien, tendrá una duración mayor a un caso simple y sin conflicto. Siendo así, debemos de dar por hecho de que el dueño formal del bien realizará todo lo que este a su alcance para evitar perder el bien: Contestará la demanda correctamente, aportará medios probatorios que desvirtúen lo alegado por el demandante, etc. Lo más seguro, es que, incluso, una vez culminado el proceso, el dueño “formal” interponga un recurso de apelación, en caso de que el juez emita una sentencia favorable a los intereses del demandante. En virtud de ello, estimamos que un proceso de esta característica tendrá una duración promedio de 4 a 5 años.

Ahora bien, como lo dijimos, otro factor que también influye decisivamente en la duración del proceso es la vía procedimental en la que se tramite la prescripción. Se debe saber que cuando se trata de predios urbanos o de terrenos en construcción, la prescripción adquisitiva de dominio se puede tramitar por dos vías: por la vía notarial o por la vía judicial. Siendo así, es claro, que el proceso de prescripción tramitado por la vía notarial tiene una duración menor al tramitado por la vía judicial. En virtud de ello estimamos que un proceso de prescripción por vía notarial dura aproximadamente 1 año.

¿Cuánto cuesta una demanda de prescripción adquisitiva?

El costo de la demanda por prescripción dependerá enteramente del grado de especialización y experiencia del letrado que la redacte. Es evidente que una demanda redactada por un abogado especializado en derecho inmobiliario tendrá un costo mayor a la realizada por un abogado menos experto.

Si perder de vista estas consideraciones, el costo aproximado de una demanda de prescripción oscila entre los 700 y 1000 soles.

Modelo de demanda de prescripción adquisitiva de dominio

Modelo de demanda de prescripción adquisitiva de dominioSEÑOR JUEZ DEL JUZGADO XXXX- CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA

Yo, JUAN PEREZ ZUÑIGA, identificado con DNI___________ con domicilio real en _________ y domicilio procesal en _______ a usted digo:

PETITORIO:

Acudo a su despacho a fin de interponer vía de proceso abreviado; DEMANDA DE PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, con el objeto de que se me declare propietario del bien inmueble ubicado en _______________. La presente acción la dirijo contra _____________.

Quien registralmente aparece como propietario del inmueble materia de Litis con ficha registral______ de la oficina registral de Lima, de quien desconozco su domicilio. Así también, declaro bajo juramento que he agotado todos los medios posibles que me permitan conocer su domicilio actual, razón por la cual se le deberá notificar por edictos.

FUNDAMENTOS DE HECHO:

PRIMERO: El bien materia del presente proceso se encuentra ubicado en ________ y registrado con partida registral numero ______

SEGUNDO: el inmueble de prescripción consta de un área de_______. Siendo así, el terreno materia de Litis tiene las siguientes medidas perimétricas:

Por el frente       ____________-

Por la derecha     ____________

Por la izquierda ____________

Por el fondo___________

TERCERO:     Dando cumplimiento a lo establecido por el inciso 1 del artículo 505 del código procesal civil, señalo los nombres de los inmuebles que colindan con el mío y la dirección a donde les debe notificar.

Por el lado izquierdo: Con propiedad de ______, con domicilio en _______

Por el lado derecho: Con propiedad de_________, con domicilio en _____

Por el fondo: Con propiedad de

Por el frente: Con propiedad de _____________

CUARTO: Con fecha ______ adquirí el inmueble ubicado en__________. Desde entonces vengo ocupando el terreno materia de prescripción, dado que desde la referida fecha, conduje como propietario del inmueble a prescribir, por lo que a la fecha tengo _______de posesión, pacifica, continúa y publica.

QUINTO: RESPECTO A LA POSESION CONTINUA: Debo señalar que desde que compre el terreno principal comencé a posesionar tanto en el terreno rustico como en el urbano , lo que vengo haciendo de forma ininterrumpida , sin que tuviera limitación o perturbación de la posesión, terreno que aún sigo ocupando , lo que puedo acreditar con los documentos que adjunto en la presente y las testimoniales de la personas que su oportunidad deben hacerlo ante su despacho ,así como el mérito de la inspección ocular que se llevará a cabo en su momento.

RESPECTO A LA POSESION PACIFICA: Resulta de vital importancia señalar que en relación al inmueble que se pretende declarar la propiedad mediante la presente acción no tuve problema alguno tanto judicial o extrajudicial, es decir, no tuve limitación alguna hasta la fecha, por tanto es amparable mi petición.

RESPECTO DE LA POSESIÓN PÚBLICA: Debo señalar que la posesión que ejerzo sobre el inmueble, la hago como propietario en forma pública, conforme se podrá acreditar con los documentos que acompaño en la presente.

Señor Juez, debo señalar que la posesión la he hecho en calidad de propietario_; además que mi posesión ha sido continua sin interrupción, para lo cual pruebo haber poseído desde ____ hasta la actualidad, por otro lado mi posesión ha sido pacifica por lo que en ningún momento he tenido litigio legal o de facto con los propietarios con derecho inscrito, además que mi posesión ha sido publica en todo momento.

FUNDAMENTO DE DERECHO DEL PETITORIO.

Amparo mi demanda en lo prescrito en el artículo 950 del código civil que señala “ la propiedad inmueble se adquiere por prescripción mediante la posesión continua , pacifica ,y publica como propietario durante 10 años . Se adquiere a los 5 años cuando median justo título y buena fe, siendo mi pretensión el de la prescripción larga”

En el caso de autos mi persona viene poseyendo el inmueble como propietario de manera ininterrumpida que hasta la fecha exceden los diez años, y asimismo durante tal posesión en la calidad mencionada lo hice de manera pacífica, no mediando hasta la fecha problema alguno respecto del inmueble tanto a nivel judicial como extra judicial; además, lo vengo poseyendo de manera pública en consecuencia, cumplo con todos los requisitos invocados por la norma.

Así también, sustento la presente demanda en lo dispuesto por el artículo 952 del código civil que prescribe “… Quien adquiere un inmueble por prescripción puede entablar un juicio para que se le declare propietario… “con el objeto que se me declare propietario del inmueble precipitado es que interpongo la presente acción.

En lo dispuesto por el inciso 2) del artículo 486 del código procesal civil , que establece que se tramitan en el proceso abreviado la demanda que formula el poseedor para que se la declare propietario por prescripción ; así como en lo dispuesto por el artículo 505 del Código Procesal Civil, que establece los requisitos esenciales que debe cumplir la demanda de prescripción adquisitiva de propiedad inmueble; en concordancia de lo dispuesto por el artículo 424 del Código Procesal Civil que establece los requisitos que debe cumplir toda demanda y lo dispuesto por el artículo 425 del Código Procesal Civil que regulan los anexos que deben ser acompañados a la demanda.

MEDIOS PROBATORIOS

De conformidad con los requisitos especiales que señala el artículo 505 del Código Procesal Civil, ofrecemos como medios probatorios los siguientes:

(…)

ANEXOS.

(…)

POR LO TANTO:

A usted señor Juez sírvase admitir la presente demanda, tramitarla según la naturaleza y en su oportunidad declararla fundada.

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